Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – CAPITULO 4 DE LA RECEPCION DE LAS OBRAS, Y SUS TRANSFERENCIAS E INSCRIPCIONES








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CAPITULO 4

DE LA RECEPCION DE LAS OBRAS,
Y SUS TRANSFERENCIAS E INSCRIPCIONES

Artículo 3.4.1. Terminadas todas las obras que contempla un permiso de ejecución
de obras de urbanización o parte de él que pueda habilitarse independientemente, se solicitará
su recepción definitiva total o parcial al Director de Obras Municipales. Para estos efectos, el
urbanizador deberá presentar los planos aprobados por los Servicios competentes, y los

siguientes antecedentes, según sea el caso:

1. Solicitud de recepción definitiva total o parcial de las obras de urbanización,
firmada por el urbanizador de los terrenos y el arquitecto proyectista del loteo, o
demás casos contemplados en el artículo 2.2.4. de esta Ordenanza.

2. Certificado de ejecución de la pavimentación y sus obras complementarias,
emitido por el Servicio Regional de Vivienda y Urbanización (SERVIU) o por el
Departamento de Pavimentación de la Municipalidad de Santiago, según
corresponda.

3. Certificado de ejecución de las redes y obras complementarias de agua potable y
alcantarillado de aguas servidas y aguas lluvias cuando corresponda, emitido por
la respectiva empresa de servicio público sanitario que corresponda.

4. Certificado de ejecución de las redes y obras complementarias de electrificación y
alumbrado público, emitido por la empresa de servicio público de distribución de
energía eléctrica que corresponda.

5. Certificado de ejecución de las redes de gas y sus obras complementarias, emitido
por la empresa de servicio público de gas, cuando proceda.

6. Certificado de ejecución de las redes de telecomunicaciones y sus obras
complementarias, emitido por la empresa concesionaria de servicio público de
telecomunicaciones que corresponda, cuando proceda.

7. Planos y certificados de ejecución de las obras complementarias de urbanización,
emitidos por las instituciones competentes, cuando se trate de modificaciones de
los cursos de agua o de las redes de alta tensión, entre otras.

8. Certificado de ejecución de las plantaciones y obras de ornato, emitido por la
Municipalidad respectiva.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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