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- I Región de Tarapaca
- II Región de Antofagasta
- III Región de Atacama
- IV Región de Coquimbo
- V Región de Valparaiso
- VI Región del Lib. Gral. Bdo. O’Higgins
- VII Región del Maule
- VIII Región del Bio-Bio
- IX Región de la Araucania
- X Región de Los Lagos
- XI Región de Aysen del Gral. C.I. del Campo
- XII Región de Magallanes
- XIII Región Metropolitana
- XIV Región de Los Ríos
- XV Región de Arica-Parinacota.
Artículo 4.11.8. Los lugares de lavados de vehículos tendrán instalaciones adecuadas
de agua potable, desagüe y luz.
Artículo 4.11.9. Las estaciones de servicio automotor que consultan atención de
restaurantes, deberán considerar espacios e instalaciones para personas con discapacidad en
los estacionamientos, circulaciones y servicios higiénicos.
Temas de interes
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
Ley General de Urbanismo y construcción
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008