Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – obtención del permiso de edificación de obra nueva








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En la etapa de anteproyecto, la contratación de un Revisor Independiente

siempre será voluntaria por parte del propietario, aún cuando se trate de un edificio de
uso público.

Artículo 5.1.6. Para la obtención del permiso de edificación de obra nueva se deberán
presentar al Director de Obras Municipales los siguientes documentos, en un ejemplar:

1. Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto proyectista, indicando en ella o
acompañando, según corresponda, los siguientes antecedentes:

a) Lista de todos los documentos y planos numerados que conforman el expediente,
firmada por el arquitecto proyectista.

b) Declaración simple del propietario de ser titular del dominio del predio.

c) Las disposiciones especiales a que se acoge el proyecto, en su caso.

d) Los profesionales competentes que intervienen en los proyectos.

e) Si el proyecto consulta, en todo o parte, edificios de uso público.

f) Si cuenta con informe favorable de un Revisor Independiente y la individualización
de éste.

g) Si cuenta con informe favorable de Revisor de Proyecto de Cálculo Estructural y la
individualización de éste.

h) Si cuenta con anteproyecto aprobado y vigente que haya servido de base para el
desarrollo del proyecto, acompañando fotocopia de la resolución de aprobación.

2. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas vigente o bien del que sirvió
de base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta
hubiere sido proporcionada .

3. Formulario único de estadísticas de edificación.

4. Informe del Revisor Independiente, cuando corresponda, o del arquitecto proyectista,
bajo declaración jurada, en los casos de permisos de construcción de un
proyecto referido a una sola vivienda o a una o más viviendas progresivas o infraestructuras
sanitarias.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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