Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – Las Normas Técnicas Oficiales








Santiago


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Artículo 5.5.7. Las Normas Técnicas Oficiales que se citan expresamente en esta
Ordenanza serán obligatorias en tanto no contradigan sus disposiciones.
La aplicación y cumplimiento de las Normas Técnicas Oficiales a
que se alude en el inciso precedente, será de responsabilidad de los profesionales
competentes y del propietario de la obra.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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