Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – El anteproyecto aprobado








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El anteproyecto aprobado mantendrá su vigencia por el plazo

indicado en el artículo 1.4.11. de esta Ordenanza para los efectos de obtener el permiso
correspondiente.

Artículo 3.1.5. El legajo de antecedentes anexo a la solicitud de permiso de loteo y
de ejecución de obras de urbanización, estará constituido por los siguientes documentos:

1. Los antecedentes señalados en el artículo 3.1.4., con excepción de los

correspondientes al número 5, o anteproyecto de loteo aprobado.

2. Plano de loteo con las características del número 5 del artículo 3.1.4.

3. Planos de los proyectos de urbanización, debidamente firmados por los profesionales
competentes, incluyendo, cuando el proyecto consulte tales instalaciones,
los correspondientes a redes de agua potable y alcantarillado de aguas
servidas y aguas lluvias, redes de electrificación, alumbrado público, gas, telecomunicaciones,
pavimentación y sus obras complementarias, plantaciones y
obras de ornato, y obras de defensa del terreno, todos ellos con sus respectivas
especificaciones técnicas.

4. Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado,
para la densidad propuesta, emitido por la empresa de servicios sanitarios
correspondiente. De no existir empresa de servicios sanitarios en el área se
deberá presentar un proyecto de agua potable y alcantarillado, aprobado por la
autoridad respectiva.

5. Memoria explicativa del loteo.

Deberán adjuntarse sus memorias explicativas y sus especificaciones

técnicas.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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