Santiago | |
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- I Región de Tarapaca
- II Región de Antofagasta
- III Región de Atacama
- IV Región de Coquimbo
- V Región de Valparaiso
- VI Región del Lib. Gral. Bdo. O’Higgins
- VII Región del Maule
- VIII Región del Bio-Bio
- IX Región de la Araucania
- X Región de Los Lagos
- XI Región de Aysen del Gral. C.I. del Campo
- XII Región de Magallanes
- XIII Región Metropolitana
- XIV Región de Los Ríos
- XV Región de Arica-Parinacota.

“Profesional especialista”: profesional competente o bien otros profesionales tales como ingenieros de tránsito, ingenieros mecánicos, ingenieros agrónomos,
ingenieros químicos, ingenieros forestales, geógrafos, geólogos, u otros cuyas
especialidades tengan directa relación con el estudio que suscriben.
“Propiedad abandonada”: el inmueble no habitado que se encuentre
permanentemente desatendido, ya sea por falta de cierros, protecciones
adecuadas, aseo o mantención, o por otras circunstancias manifiestas de
abandono o deterioro que afecten negativamente su entorno inmediato.
«Propietario»: persona natural o jurídica que declara, ante la Dirección de Obras
Municipales o ante el servicio público que corresponda, ser titular del dominio del
predio al que se refiere la actuación requerida.
“Propietario primer vendedor”: titular del dominio del inmueble en que se
ejecutó una obra y que realiza, a cualquier título, después de su recepción
definitiva, la primera enajenación de la totalidad o de cada una de las unidades
vendibles.
«Proyectista»: profesional competente que tiene a su cargo la confección del
proyecto de una obra sometida a las disposiciones de la Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
«Proyecto»: conjunto de antecedentes de una obra que incluye planos, memorias,
especificaciones técnicas y, si correspondiere, presupuestos.
“Proyecto no residencial”: aquel en que el destino de infraestructura, de equipamiento
y/o de actividades productivas es superior al 30% de la superficie total
edificada y aquel en el cual el destino de vivienda es inferior al 70% de la superficie
total edificada.
“Proyecto residencial” : aquel en que el destino habitacional es superior al
70% de la superficie total edificada.
“Publicidad”: acción que se realiza a través de medios de difusión para
promover la venta de inmuebles.
“Puerta de escape”: puerta de salida que forman parte de un sistema de evacuación.
Temas de interes
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
Ley General de Urbanismo y construcción