Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – Resistencia Térmica








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TABLA 14

(*) Según la norma NCh 2251: R100 = valor equivalente a la Resistencia Térmica (m2K / W) x 100.


2. Mediante un Certificado de Ensaye otorgado por un laboratorio con inscripción
vigente en el Registro Oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de la
Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, reglamentado por el D.S.
Nº 10, (V. y U.), de 2002 , demostrando el cumplimiento de la transmitancia o
resistencia térmica total de la solución del complejo de techumbre, muro y piso
ventilado.

3. Mediante cálculo, el que deberá ser realizado de acuerdo a lo señalado en la
norma NCh 853, demostrando el cumplimiento de la transmitancia o resistencia
térmica del complejo de techumbre, muro y piso ventilado. Dicho cálculo deberá
ser efectuado por un profesional competente.

4. Especificar una solución constructiva para el complejo de techumbre, muro y piso
ventilado que corresponda a alguna de las soluciones inscritas en el Listado
Oficial de Soluciones Constructivas para Acondicionamiento Térmico,
confeccionado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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