Regularizaciones de edificaciones que no cuenten con recepción final.
Viviendas, locales comerciales, oficinas, industrias y otros destinos como hogares de anciano, predios agrícolas, religiosos y deportivos.
Una propiedad puede ser regularizarada, según sea el caso, por medio de los siguientes instrumentos:
1.- Permiso de edificación: Para propiedades, donde la superficie a regularizar excede los 100m2
2.- Permiso de Obra Menor: Para regularizaciones de superficies menores a 100m2
3.- Permiso y recepción simultánea (Ley del Mono): Para viviendas sin recepción final con un avalúo fiscal menor a 520UF. y para ampliaciones en viviendas sociales menores a 25m2. Mas información de la Ley 20.251 vea aquí
Los beneficios de regularizar una propiedad son:
1.- Evitar posibles Multas, por denuncias de vecinos o inspección municipal
2.- Disponer de la propiedad con un avaluo real para efectos financieros
3.- Vender la Propiedad, sin complicaciónes bancarias
4.- Obtención de patentes comerciales
Temas de interes
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
Ley General de Urbanismo y construcción