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- I Región de Tarapaca
- II Región de Antofagasta
- III Región de Atacama
- IV Región de Coquimbo
- V Región de Valparaiso
- VI Región del Lib. Gral. Bdo. O’Higgins
- VII Región del Maule
- VIII Región del Bio-Bio
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- X Región de Los Lagos
- XI Región de Aysen del Gral. C.I. del Campo
- XII Región de Magallanes
- XIII Región Metropolitana
- XIV Región de Los Ríos
- XV Región de Arica-Parinacota.
a) Declaración simple de dominio del predio en que se emplaza la edificación objeto
de la demolición.
b) Plano de emplazamiento de la edificación existente indicando lo que se demolerá
y consignando en el cuadro de superficies lo que se conserva, suscrito por
profesional competente.
c) En caso de pareo, informe del profesional competente.
d) Presupuesto de la demolición.
En caso de demolición completa de la edificación, previamente al
pago de los derechos municipales correspondientes deberá adjuntarse un certificado de desratización
otorgado por el Servicio de Salud que corresponda.
Si las alteraciones, los cambios de destino o las demoliciones que
se tratan en este artículo fueran parte de un proyecto mayor que contemplare obras nuevas o
ampliaciones, la solicitud respectiva se podrá requerir conjuntamente con el permiso de edificación
de dichas obras nuevas o ampliaciones.
Tratándose de inmuebles de conservación histórica o emplazados
en zonas con tal denominación, con anterioridad a la presentación de la solicitud a que se refiere
este artículo, el propietario deberá presentar un informe suscrito por un arquitecto en el
que se fundamenten las razones de seguridad o de fuerza mayor que harían recomendable la
demolición de la edificación. En base a dicho informe el Director de Obras Municipales resolverá
la procedencia o no de la demolición.
Si dicha resolución fuere favorable, el propietario deberá solicitar la
autorización del Consejo de Monumentos Nacionales o de la Secretaría Regional Ministerial
de Vivienda y Urbanismo respectiva, según corresponda.
Artículo 5.1.5. Para solicitar al Director de Obras Municipales la aprobación de anteproyectos
de obras de edificación, deberán presentarse los siguientes antecedentes:
1. Solicitud, firmada por el propietario y el arquitecto proyectista, en la cual se indicará
si las edificaciones consultadas se acogen a determinadas disposiciones
especiales o si se trata, en todo o parte, de un edificio de uso público, como
asimismo si el expediente cuenta con informe favorable de un Revisor Independiente.
2. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas, salvo que se indique su fecha
y número en la solicitud.
Temas de interes
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
Ley General de Urbanismo y construcción