Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – Vía expresa








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1. Vía expresa:

a) Su rol principal es establecer las relaciones intercomunales entre las diferentesáreas urbanas a nivel regional.

b) Sus calzadas permiten desplazamientos a grandes distancias, con una

recomendable continuidad funcional en una distancia mayor de 8 km. Velocidad
de Diseño entre 80 y 100 km/h.

c) Tiene gran capacidad de desplazamiento de flujos vehiculares, mayor a 4.000
vehículos/hora considerando ambos sentidos.

d) Flujo predominante de automóviles, con presencia de locomoción colectiva y
vehículos de carga. Prohibición de circulación para vehículos de tracción animal y
humana.

e) Sus cruces con otras vías o con circulaciones peatonales preferentemente deberán ser a distintos niveles.

f) Sus cruces con otras vías deben estar a distancias no menores de 1.000 m ,
debiendo contar a lo menos con enlace controlado.

g) Segregación funcional selectiva y física del entorno. Servicios anexos prohibidos
sin accesos especiales.

h) Prohibición absoluta y permanente del estacionamiento y la detención de cualquier
tipo de vehículo, sobre la calzada de circulación.

i) La distancia entre líneas oficiales no debe ser inferior a 50 m.

j) El ancho mínimo de sus calzadas pavimentadas no debe, en conjunto, ser inferior
a 21 m.

k) Debe estar conformada por un sólo cauce, bidireccional, debidamente canalizado
y dispondrá de una mediana de ancho mínimo de 2 m , pudiendo contar además,
si ello es necesario, con calles de tránsito local.

l) En general deben consultar vías locales, que estarán provistas de aceras en su
lado exterior, de un ancho mínimo de 4 m.

m) No se contempla en ellas la existencia de ciclovías.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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