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- I Región de Tarapaca
- II Región de Antofagasta
- III Región de Atacama
- IV Región de Coquimbo
- V Región de Valparaiso
- VI Región del Lib. Gral. Bdo. O’Higgins
- VII Región del Maule
- VIII Región del Bio-Bio
- IX Región de la Araucania
- X Región de Los Lagos
- XI Región de Aysen del Gral. C.I. del Campo
- XII Región de Magallanes
- XIII Región Metropolitana
- XIV Región de Los Ríos
- XV Región de Arica-Parinacota.
TITULO 2
DE LA PLANIFICACION
CAPITULO 1
DE LA PLANIFICACIÓN URBANA Y SUS INSTRUMENTOS
Disposiciones generales
Artículo 2.1.1. El proceso de Planificación Urbana orientará o regulará, según el
caso, el desarrollo de los centros urbanos a través de los Instrumentos de Planificación Territorial
que se señalan en este Capítulo. Cada uno de dichos instrumentos tendrá un ámbito de
acción propio, tanto en relación a la superficie de territorio que abarcan como a las materias y
disposiciones que contienen.
Las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de
esta Ordenanza priman sobre las disposiciones contempladas en los Instrumentos de Planificación
Territorial que traten las mismas materias. Asimismo, estos instrumentos constituyen un
sistema en el cual las disposiciones del instrumento de mayor nivel, propias de su ámbito de
acción, tienen primacía y son obligatorias para los de menor nivel.
Artículo 2.1.2. Los Instrumentos de Planificación Territorial, ordenados según suámbito de acción, son los siguientes:
– Plan Regional de Desarrollo Urbano
– Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano
– Plan Regulador Comunal con sus planos seccionales que lo detallen
– Plan Seccional
– Límite Urbano
Las áreas no reguladas por Instrumentos de Planificación Territorial
se regirán por las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de esta Ordenanza.
Temas de interes
Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
Ley General de Urbanismo y construcción