Ordenanza General de Urbanismo y Construcción – pasillos interiores de un supermercado








Santiago


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Artículo 4.10.13. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Capítulo 2 de este mismo Título,
los anchos mínimos de pasillos interiores de un supermercado se determinarán conforme a la
siguiente tabla:

 

tabla 33

 

Artículo 4.10.14. En las áreas que esté prevista la utilización de carros debe
disponerse un espacio suficiente para su almacenamiento, sin que se reduzcan los anchos
mínimos requeridos para las vías de evacuación.

 

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Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) / vigencia del 11/09/2008


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